LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL N° 24.449
Y DEC. REG. N° 779/95 LA CIRCULACION -
PRIORIDAD NORMATIVA
En la vía pública se debe circular respetando las indicaciones de la autoridad de comprobación ó aplicación, las señales del tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad.