LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL N° 24.449
Y DEC. REG. N° 779/95

LA CIRCULACION - PRIORIDAD NORMATIVA

En la vía pública se debe circular respetando las indicaciones de la autoridad de comprobación ó aplicación, las señales del tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad.

PROHIBICIONES :

 

ESTACIONAMIENTO:
REGLAS DE VELOCIDAD:
TRANSPORTE PUBLICO URBANO:

ACCIDENTES:

OBLIGACIONES:

   

 

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